150 MILLONES PARA LOS INCENTIVOS COMPLEMENTARIOS DE IR EN ANDALUCÍA PARA LAS GRANDES EMPRESAS.

Publicada recientemente la convocatoria 2025-2026 de los Incentivos Complementarios de los Incentivos Económicos Regionales para proyectos tractores de grandes empresas en la industria aeroespacial, manufacturera y la logística avanzada en Andalucía.

La Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía ha aprobado recientemente 150 millones de presupuesto para las solicitudes presentadas en los ejercicios 2025 y 2026 a los INCENTIVOS COMPLEMENTARIOS DE LOS INCENTIVOS ECONÓMICOS REGIONALES para proyectos tractores de GRANDES EMPRESAS en la industria aeroespacial, manufacturera y la logística avanzada que realicen inversiones en el territorio de Andalucía.

No desaprovechen la oportunidad de conseguir una subvención complementaria y concurrente a los Incentivos Económicos Regionales.

A continuación, les indicamos las características principales de este programa:

BENEFICIARIOS:

GRANDES EMPRESAS que ostenten la condición de entidades beneficiarias de Incentivos Económicos Regionales en la zona de promoción económica de Andalucía.

TIPOS DE PROYECTOS:

Proyectos empresariales destinados a:

  • Creación de nuevos establecimientos, con una inversión aprobada igual o superior a 900.000 euros, siempre que generen nuevos puestos de trabajo.
  • Ampliación significativa de la capacidad productiva con una inversión aprobada cuya cuantía sea significativa en relación con el inmovilizado material del establecimiento, y en todo caso, igual o superiore a 900.000 euros, siempre que generen nuevos puestos de trabajo y se mantengan los existentes.
  • Modernización, cuya inversión aprobada sea superior a 900.000 euros y significativa en relación con el inmovilizado material del establecimiento, y que cumpla las siguientes condiciones: implique la adquisición de maquinaria tecnológicamente avanzada que produzca un incremento sensible de la productividad, que la inversión de lugar a la diversificación de la producción para atender a mercados de productos nuevos y adicionales o suponga una transformación fundamental en el proceso global de producción, que se mantengan los puestos de trabajo existentes.

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS:

  • Concurrencia No Competitiva, se evalúan conjuntamente con el expediente de Incentivos Regionales.
  • Presupuesto mínimo: 900.000 €.
  • Efecto incentivador.

COSTES SUBVENCIONABLES

  • Obra civil (incluidas las traídas y acometidas de servicios, urbanización, edificios, etc.).
  • Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalación, eléctricas especiales, instalaciones energéticas y suministro de agua especiales, etc. Se encuentran excluidos los elementos de transporte exterior.
  • Activos inmateriales, siempre y cuando no excedan del 30% del total de la inversión incentivable, se utilicen exclusivamente en el centro donde se realice el proyecto, sean inventariables, amortizables y se adquieran en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador.
  • Para la determinación de los importes de las inversiones incentivables correspondientes a los anteriores apartados, se aplicarán los módulos por unidad de medida que haya podido establecer el Consejo Rector de Incentivos Regionales a fin de garantizar que no se superan los precios de mercado.
  • Con carácter general, no son incentivables las adquisiciones de activos, bien sea en forma de entrega de bienes o de prestación de servicios, realizadas a entidades vinculadas, salvo autorización expresa en la resolución de concesión.
  • En el caso de proyectos para una transformación fundamental en el proceso de producción, los costes incentivables deberán superar la amortización de los activos relativos a la actividad que se va a modernizar en los tres ejercicios fiscales anteriores.
  • En el caso de incentivos concedidos para la diversificación de un establecimiento existente, los costes incentivables deberán superar como mínimo el 200% del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos.

TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA:

Subvención a fondo perdido

  • Calculada como la cuantía, resultado de aplicar un 15% en el caso de una puntuación del proyecto menor de 40 puntos o un 20% en el caso de una puntuación del proyecto menor de 40 puntos, no pudiendo superar el importe de incentivo complementario la cuantía de 15 millones de euros, por cada proyecto de inversión único
  • El porcentaje total de los incentivos concedidos, que comprende a los incentivos complementarios, así como a los propios Incentivos Económicos Regionales, no podrá superar, en ningún caso, el máximo del 25% de la inversión incentivable o la mayor intensidad contemplada en el mapa de ayudas de finalidad regional.

GARANTÍAS

No aplica.

ANTICIPOS

Hay posibilidad de pedir pagos a cuenta que corresponderán al ritmo de ejecución del proyecto incentivado, abonándose por cuantías equivalentes a la justificación aceptada. No se podrá realizar ningún pago sin que se haya justificado, al menos, el 50% de la inversión incentivable.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Plazo de solicitudes: desde el 22 de marzo de 2025 hasta el 31/12/2026 o en el momento en el que se agoten los fondos.

Si su empresa cuenta con un proyecto que se ajuste a estas convocatorias y le interesa solicitar la financiación, en IMPULSO le ofrecemos un servicio de acompañamiento integral a lo largo de toda la vida del expediente, desde la elaboración de la propuesta de solicitud hasta la justificación final y cobro. Gracias a nuestra experiencia, podrás aprovechar esta gran oportunidad de financiación.

11/04/2025