Convocatoria 2025 SUBVENCIONES PARA INVERSIONES EMPRESARIALES DE ALTO IMPACTO
Agencia para la Competitividad de la Empresa (ACCIÓ)
Desde IMPULSO nos complace recordarles que sigue abierta la Convocatoria 2025 de las SUBVENCIONES para inversiones empresariales de Alto Impacto de la Agencia para la Competitividad de la Empresa -Acciò- en su convocatoria 2025.
Se cuenta para estas convocatorias con una partida presupuestaria total de 8,5 millones de €.
A continuación, les resumimos las principales características de estas ayudas:
BENEFICIARIOS
Empresas que cumplan los siguientes requisitos:
- Empresas con establecimiento operativo en Cataluña o en proceso de establecerlo, excepto las empresas con proyectos de comercio al por menor, de centros de atención telefónica o centros de contacto, del sector inmobiliario, de sacrificio de ganado, de conservación de carne, de elaboración de productos cárnicos y de producción primaria de productos agrícolas.
- En el caso de proyectos de la acción 2.4 solamente podrán ser beneficiarias las PYME según la definición del anexo 1 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
- Cumplir con la Ley de morosidad. (Ley 3/2004, de 29 de diciembre. Para subvenciones de importe superior a 30.000 €, las empresas deben acreditar el cumplimiento de los plazos legales de pago a proveedores.
- Cumplir normativa laboral, de igualdad y prevención de riesgos.
TIPOS DE PROYECTO
- Línea 1: Creación de empleo.
- Acción 1.1: Proyectos de creación de empleo en centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, entendidos, en el marco de este programa de ayudas, como centros de desarrollo de software, centros de análisis de datos (Data analytics) o centros de desarrollo de videojuegos. Los proyectos deben llevarse a cabo en municipios que no formen parte de las comarcas de El Barcelonès, El Baix Llobregat, El Vallès Oriental y El Vallès Occidental. La creación mínima de puestos de trabajo será de 25.
- Acción 1.2: Proyectos de creación de empleo en centros de decisión de ámbito suprarregional, entendidos, en este caso, como centros que necesariamente tendrán que ir ligados a un centro de decisión empresarial establecido en Cataluña que tenga capacidad decisoria sobre las funciones y estrategia de un grupo empresarial a nivel suprarregional. La creación mínima de puestos de trabajo será de 10.
- Acción 1.3: Proyectos de creación de empleo en proyectos industriales, entendidos como proyectos con actividades de producción de bienes mediante el ensamblaje o la transformación de materias primas o actividades de servicios a la industria. La creación mínima de puestos de trabajo debe ser de 10.
- Acción 1.4: Proyectos estratégicos para la economía catalana intensivos en creación de empleo. La creación mínima de puestos de trabajo será de 50.
- Acción 1.5: Proyectos de creación de empleo en centros de I+D+i, entendidos como centros o unidades o áreas diferenciadas de una empresa, dedicados principalmente a actividades de investigación, desarrollo y/o innovación. La creación mínima de puestos de trabajo será de 5.
- Acción 2.1: Proyectos de inversión en activos fijos que incorporen una nueva actividad por la empresa en Cataluña o una ampliación de la capacidad productiva. El gasto mínimo aceptado en activos fijos, materiales e inmateriales será de 2.000.000 euros.
- Acción 2.2: Proyectos de inversión en activos fijos en centros de I+D, entendidos como centros o unidades o áreas diferenciadas de una empresa, dedicadas principalmente a actividades de investigación, desarrollo y/o innovación. El gasto mínimo aceptado en activos fijos, materiales e inmateriales será de 200.000 euros.
- Acción 2.3: Proyectos estratégicos para la economía catalana que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña o la apertura de nuevos emplazamientos de las empresas ya presentes. El gasto mínimo aceptado en activos fijos productivos debe ser de 5.000.000 de eurosy se requiere la creación neta de al menos 10 puestos de trabajo No serán elegibles los proyectos de centros logísticos o proyectos de centros de distribución.
- Acción 2.4: Proyectos estratégicos para la economía catalana llevados a cabo por pequeñas y medianas empresas que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña, la apertura de nuevos emplazamientos de las empresas ya presentes o una ampliación y/o diversificación de la actividad de emplazamientos ya existentes. El gasto mínimo aceptado en activos fijos productivos debe ser de 3.000.000 de euros y se requiere la creación neta de, como mínimo, 5 puestos de trabajo directos
PLAZO Y REQUISITOS DE LOS PROYECTOS
- Concurrencia Competitiva.
- Plazo de ejecución: proyectos desde 1 enero 2025 hasta 3 años máx. desde inicio. En el caso de las acciones 1.4, 2.3 y 2.4, los proyectos deben iniciarse a partir de la fecha de solicitud de la ayuda y deben finalizar en un plazo máximo de tres años desde esa fecha. En el caso de proyectos de creación de empleo, la fecha de inicio de proyecto es la fecha de la primera contratación.
- Mantener la inversión y el empleo creado mínimo 3 años (5 años en acción 2.3).
CONCEPTOS FINANCIABLES
- Para las acciones 1.1, 1.2 y 1.3 y 1.5 se considera subvencionable el coste laboral de los primeros 6 meses del nuevo personal contratado. El coste laboral incluye el salario bruto y las cotizaciones sociales obligatorias a la Seguridad Social a cargo de la empresa.
- Para la acción 1.4 se considera subvencionable:
- El coste laboral incluye el salario bruto y las cotizaciones sociales obligatorias a la Seguridad Social a cargo de la empresa.
- El coste laboral de los 6 primeros meses del nuevo personal contratado que no pueda considerarse trabajador desfavorecido.
- El coste laboral de los primeros 12 meses en el caso de contratación de trabajadores considerados desfavorecidos.
- Para las acciones 1, 2.2, 2.3 y 2.4 se consideran subvencionables los siguientes gastos:
- En el caso de las acciones 2.3 y 2.4, también son subvencionables los gastos en activos inmobiliarios, obra civil, instalaciones asociadas a la obra civil y adquisición de terrenos.
- Activos inmateriales: Inversión en transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados y adquisición de software vinculado al proceso productivo.
- Activos materiales: maquinaria, equipamiento e instrumental de laboratorio e instalaciones de nueva adquisición directamente vinculadas al proceso productivo e inversiones que incorporen procesos con alto contenido tecnológico en los equipos ya existentes.
- En todos los casos, se considera subvencionable el gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada.
- Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, la beneficiaria debe solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores. Se aportarán en justificación.
TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA
En función de la tipología de proyecto, la intensidad de la ayuda y el importe de ayuda máximo son los que se establecen a continuación:
GARANTIAS Y ANTICIPOS
- Anticipo del 60% del importe concedido, a partir de su concesión, sin que sea necesaria la constitución de garantías.
- El pago del 40% se realiza tras justificación y verificación (acciones 2.3 y 2.4 requieren acta técnica de ACCIÓ).
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Plazo abierto desde el 09 de septiembre de 2025 (09:00 h) al 9 de octubre de 2025 a las 14:00 h.
25/09/2025