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Ene 2026
SE LANZAN LAS AYUDAS PARA PROYECTOS DE ALMACENAMIENTO MEDIANTE BOMBEO REVERSIBLE DENTRO DEL PERTE ERHA
SE LANZAN LAS AYUDAS PARA PROYECTOS DE ALMACENAMIENTO MEDIANTE BOMBEO REVERSIBLE DENTRO DEL PERTE ERHA
La convocatoria estará abierta desde el 27 de enero al 26 de febrero
Desde IMPULSO nos complace informales de que el IDAE abrirá de forma inminente la segunda convocatoria de ayudas para PROYECTOS INNOVADORES DE ALMACENAMIENTO ELÉCTRICO INDEPENDIENTE, ALMACENAMIENTO TÉRMICO Y ALMACENAMIENTO MEDIANTE BOMBEO REVERSIBLE, dentro del PERTE ERHA, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de financiar:
- Proyectos innovadores de almacenamiento de energía independientes («standalone»), conectados a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
- Proyectos innovadores de almacenamiento de energía hibridados con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes de energía renovables.
- Proyectos innovadores de almacenamiento mediante bombeo reversible (centrales hidráulicas reversibles).
- Proyectos innovadores de almacenamiento térmico.
Esta convocatoria está dotada con 90 millones de euros.
A continuación, les resumimos las principales características de estas ayudas:
BENEFICIARIOS
Las siguientes personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España:
- Empresas
- Universidades, Centros de Investigación o Tecnológicos sin ánimo de lucro, u otras entidades, tanto públicos como privados, incluidos los agentes del sistema de ciencia y tecnología.
- Agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos.
TIPOS DE PROYECTO
Bien una central hidroeléctrica reversible nueva, o bien ampliación/modificación de una central existente (también llamados “greenfield” y “brownfield”, respectivamente), para dotarla de almacenamiento por bombeo, dentro de las siguientes categorías:
- Central hidroeléctrica reversible nueva.
- Central hidroeléctrica reversible que aprovecha infraestructuras existentes:
- Ampliación/modificación de central existente de bombeo, incluyendo:
- Adición de nuevas unidades de bombeo y turbinación.
- Construcción o habilitación/adaptación de depósitos o embalses, así como ampliación de los existentes para generar mayor capacidad de almacenamiento.
- Transformación central hidroeléctrica convencional en central de bombeo con adición de depósitos o nuevos grupos reversibles.
- Aprovechamiento de dos embalses existentes para adición de capacidad de bombeo.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS
- El plazo para la realización de las inversiones subvencionables y ejecución de las actuaciones objeto de la ayuda será hasta el 31 de diciembre de 2028. Para los proyectos de almacenamiento por bombeo reversible el plazo será hasta el 31 de diciembre de 2035.
- La potencia elegible en esta convocatoria en las unidades de bombeo y turbinación será, como mínimo, de 25MW.
- La capacidad de almacenamiento instalada deberá ser igual o superior a 4 horas
- El periodo mínimo de explotación del sistema de almacenamiento será de 5 años
- El 70% de los residuos deben estar preparados para el reciclaje, reutilización y recuperación.
- Uso sostenible y protección del agua y los recursos marinos.
- Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
- Las instalaciones de almacenamiento que emplean tecnología química, en particular aquellos proyectos que empleen hidrógeno no serán elegibles
- Se debe garantizar el cumplimiento del principio DNSH.
- Efecto incentivador.
CONCEPTOS FINANCIABLES
- Ingeniería
- Estudios geotécnicos, incluyendo las campañas, con un coste subvencionable máximo de 1.000.000 euros.
- Construcción, con la restricción de que los costes de obra civil estarán limitados al menor valor entre el 40% de los costes subvencionables totales y 50 millones de euros.
- Adquisición, así como alquiler y arrendamiento financiero (leasing) exclusivamente de equipos necesarios para la construcción y puesta en marcha.
- Previa justificación documentada, todas aquellas, pruebas, ensayos, verificaciones y controles de calidad, entre otros, pertinentes y requeridos de las instalaciones, conducentes a la puesta en marcha de las instalaciones de forma segura y respetuosa con las personas y el medio ambiente.
- Los costes de otros sistemas como equipamientos eléctricos, electromecánicos o hidráulicos, así como aquellos asociados a los sistemas de control.
- En el caso de hibridación serán elegibles los costes de los elementos necesarios para realizar la conexión entre los sistemas de almacenamiento.
- Los costes de la dirección facultativa, incluida la emisión y visado de certificaciones de obra.
- Los costes de gestión de la solicitud y de la justificación de la realización de las actuaciones de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación. Sólo serán elegibles los costes de gestión que no superen el 7 % del importe de los costes elegibles totales, sin ser incluidos los costes de gestión mencionados en este apartado, con un límite máximo de 20.000€.
- Los costes de coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje relacionado con la actuación objeto de ayuda.
- Los costes de instalaciones eléctricas de conexión, excluyendo las líneas dedicadas a la interconexión con las redes de transporte o distribución de forma directa o indirecta.
TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA
Ayudas en forma de subvención de como máximo del 40% y podrá aumentar un 5% para territorios insulares.
Un mismo solicitante no podrá superar el límite de ayuda por proyecto y beneficiario que se establezca en la orden de bases (50 M de euros para todos menos los “Proyectos innovadores de almacenamiento térmico” que el límite son 15 M de euros).
GARANTIAS Y ANTICIPOS
Procederá constituir garantías para participar en las convocatorias, las cuales asegurarán que los proyectos a los que se les conceda una ayuda se ejecutan en los términos que se establezcan en la convocatoria y bases reguladoras. El importe de la garantía será del 2 % de la ayuda solicitada.
Así mismo, procederá la constitución de garantías para solicitar el pago anticipado de la subvención. Los beneficiarios podrán solicitar un anticipo que se considerará como pago a cuenta y será como máximo el importe de la ayuda total concedida. El importe a garantizar será igual a la cuantía del anticipo más los intereses calculados al tipo de interés legal, para la vigencia de la garantía.
El período de vigencia de la garantía aportada deberá tener carácter indefinido.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Plazo de presentación: Comenzará a las 9:00h del 27 de enero de 2026 y finalizará a las 14:00h del 26 de febrero de 2026.
El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva.
19/01/2026


