13
Mar 2025
ABIERTA LA CONVOCATORIA 2025 DE LAS SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE INVERSIONES PRODUCTIVAS EN CATALUÑA
ABIERTA LA CONVOCATORIA 2025 DE LAS SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE INVERSIONES PRODUCTIVAS EN CATALUÑA
Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Cataluña
Desde IMPULSO nos complace informales de que el DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y TRABAJO DE LA GENERALITAT DE CATALUÑA acaba de publicar la Convocatoria 2025 de la LÍNEA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE INVERSIONES PRODUCTIVAS EN CATALUÑA del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Cataluña.
Esta convocatoria supone una magnífica oportunidad para poder financiar sus inversiones en obra civil, maquinaría e instalaciones, ya que se puede obtener una intensidad máxima del 20% de su inversión productiva a fondo perdido, con un tope de 0,5M€. El presupuesto asignado para este año asciende a la cifra 35.5M€
Este objetivo se persigue con el propósito de mejorar la eficiencia, aumentar la capacidad productiva y posibilitar el desarrollo de nuevos productos adaptados a necesidades cambiantes del mercado, todo ello bajo criterios de digitalización, sostenibilidad y optimización de recursos.
A continuación, les resumimos las principales características de estas ayudas:
BENEFICIARIOS
Empresas industriales con código de Clasificación Catalana de Actividades Económicas (CCAE) 10 y 11 y del 13 al 32, ambos incluidos, que tengan sede operativa en Cataluña, o bien sean de nueva implantación en Cataluña.
El CCAE debe figurar en los estatutos de la empresa beneficiaria con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria, o en el momento de su constitución si se trata de una nueva implantación
Los beneficiarios deben cumplir con la Ley de Morosidad, debiendo acreditar que un mínimo del 90% de sus facturas están pagadas a menos de 60 días.
TIPOS DE PROYECTO
Proyectos de inversiones industriales para:
- Creación de nuevas plantas productivas.
- Mejora de los establecimientos existentes.
- Implementación de nuevos procesos productivos.
El proyecto debe acogerse a uno de los siguientes marcos normativos de Ayudas de Estado de la UE:
- Reglamento de minimis
- Artículo 14 del RGEC (zonas asistidas)
- Artículo 17 del RGEC (PYME)
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS
- Plazo de ejecución de las inversiones: desde el 02/01/2025 hasta el 12/09/2026 para minimis. Desde la solicitud de la ayuda hasta el 12/09/2026 para zonas asistidas y PYME.
- Se debe acreditar que el proyecto cuenta con al menos el 50% del financiamiento cerrado, mediante recursos propios, financiación bancaria formalizada o aportaciones de capital por parte de terceros.
- Las inversiones deben responder a los criterios de digitalización del proceso productivo y a la sostenibilidad y optimización de los recursos empleados en la fabricación.
- Las condiciones laborales asociadas al proyecto deben cumplir, como mínimo, lo establecido en el convenio colectivo sectorial de referencia para la actividad subvencionada.
- La inversión mínima elegible es de 100.000 euros para PYMES, y de 1.000.000 euros para grandes empresas.
- Es fundamental que estos proyectos conlleven al mismo tiempo el mantenimiento y/o un incremento neto de los puestos de trabajo.
CONCEPTOS FINANCIABLES
- Maquinaria y equipos productivos: maquinaria utilizada directamente en procesos productivos, así como componentes integrados en líneas de producción.
- Ingeniería del proceso productivos: Gastos de ingeniería relacionados directamente con la maquinaria o equipos adquiridos. Debe existir una clara y justificada relación documental con dichas inversiones.
- Software asociado a las inversiones productivas: software estrictamente vinculado a la maquinaria o líneas productivas subvencionadas. No se subvencionará software que esté aislado de la maquinaria o del proceso productivo que no sea el objeto del proyecto subvencionado.
- Instalaciones y obra civil: obras e instalaciones estrictamente necesarias para la puesta en marcha de la maquinaria o nuevos procesos productivos, hasta un límite máximo del 20% del importe de la inversión en maquinaria.
El coste de maquinaria debe representar al menos el 60% del total del proyecto subvencionable.
No serán subvencionables gastos financieros, impuestos indirectos (IVA), adquisición de inmuebles, gastos previos a la actuación subvencionada, formación, transporte, dietas o gestión administrativa de la solicitud.
TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA
La ayuda consiste en una subvención a fondo perdido de hasta un 20% de la inversión elegible con un máximo de 500.000 € (300.000€ en el caso de minimis).
GARANTÍAS Y COBRO DE LA AYUDA
El pago de la subvención se realiza mediante pago anticipado del 100% del importe otorgado tras la concesión. Se exige la presentación de una garantía financiera (aval bancario) por un importe equivalente al 50% del importe anticipado.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Desde las 9:00 del 13/03/2025 hasta las 14:00 del 15 de mayo de 2025.
13/03/2025