Prevista para enero la apertura de la nueva convocatoria de subvenciones para la diversificación económica de los territorios en el ámbito del principado de Asturias mediante el impulso a pymes y grandes empresas

Ayuda para proyectos de inversión de PYMEs y Grandes empresas que se desarrollen en el Principado de Asturias

Prevista para ENERO la apertura de la NUEVA CONVOCATORIA de subvenciones para la diversificación económica de los territorios en el ámbito del principado de ASTURIAS mediante el impulso a pymes y grandes empresas, destinada a apoyar proyectos empresariales de inversión que faciliten la transición industrial hacia una economía verde y digital, que generan actividad económica o que supongan su diversificación, modernización o reconversión.

A continuación resumimos las principales características de estas ayudas:

FINALIDAD DEL PROGRAMA

  • Apoyar proyectos empresariales de inversión que faciliten la transición industrial hacia una economía verde y digital.
  • Diversificación económica y la adaptabilidad de las empresas.
  • Fijar población.
  • Creación o mantenimiento de empleo, priorizando los colectivos: mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, y mayores de 45 años.

BENEFICIARIOS

  • PYMEs y Grandes empresas cuyo proyecto subvencionable se desarrolle en el Principado de Asturias.

TIPOS DE PROYECTO

  • Proyectos empresariales que generan actividad económica o supongan su diversificación, modernización o reconversión en el ámbito del Principado de Asturias.
    • Para PYMEs: Inversión inicial:
    1. A) Inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en productos o servicios que anteriormente no se producían o prestaban en él, o la transformación fundamental del proceso de producción.
    2. B) Adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que habría cerrado si no se hubiera adquirido (inversión de sustitución no constituye una inversión inicial).
    • Para Grandes empresas: Inversión inicial que crea una nueva actividad económica:
    1. A) Inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con la creación de un nuevo establecimiento, o la diversificación de la actividad de un establecimiento, si la nueva actividad no es idéntica ni similar a la realizada previamente en el establecimiento.
    2. B) Adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que habría cerrado si no se hubiera adquirido, siempre que la nueva actividad que vaya a realizarse utilizando los activos adquiridos no sea igual o similar a la realizada en el establecimiento antes de la adquisición.

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

  • Serán subvencionables sectores de actividad promovidos por la Industria, los Servicios de Apoyo Industrial y las actividades relacionadas con el comercio electrónico. Pendiente publicación Convocatoria para analizar si se amplían, en determinados municipios, las actividades subvencionables.
  • Proyectos STEP de Grandes empresas deberán apoyar el desarrollo o la fabricación de tecnologías fundamentales en relación a: Tecnologías digitales, Tecnologías limpias y eficientes en el uso de recursos o Biotecnologías.
  • Mantenimiento de los puestos de trabajo indefinidos existentes en los centros de trabajo de la empresa en Asturias a fecha solicitud, durante el proyecto de inversión y los 3 años siguientes a la finalización del proyecto.
  • Para Grandes Empresas:
  1. Creación mínima de 5 empleos directos (no se contabilizan los de la fase de construcción).
  2. Ratio máxima de hasta 80.000 € de ayuda pública por empleo creado.
  3. Mantenimiento del nivel de empleo creado, más la plantilla existente (atendiendo al promedio de los doce meses anteriores), durante un mínimo de 5 años.
  • Contribución financiera mínima del 25% de la inversión subvencionable, con recursos propios libre ayuda pública.

CONCEPTOS FINANCIABLES

  • Inversión en activos materiales: terrenos (máx. 10% del ppto.) y urbanización, obra civil, edificios, instalaciones, maquinaria y equipos; inmateriales: patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual; e Ingeniería de proyecto y dirección facultativa (máx. 8% del ppto. obra civil + bienes de equipos e instalaciones).
  • Sector industrial y de servicios a apoyo industrial: Superficie máxima subvencionable relativa a terrenos y urbanización no puede superar más de 5 veces la construida en planta baja.
  • Sector industrial: Importe subvencionable de Terrenos y urbanización + Obra civil/edificaciones, será como máximo el 70% de la inversión subvencionable total.
  • Activos inmateriales: Para Grandes empresas: será subvencionable hasta un 50% del total de los costes de inversión subvencionable. Para PYMEs: serán subvencionable el 100%.

TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA

  • Subvención a fondo perdido MÁXIMA: 35% Pequeñas empresas, 25% Medianas empresas y 15% Grandes empresas.
  • Subvención bruta: Se establecerá en la Convocatoria anual.

MÁS INFORMACIÓN.

Concurrencia competitiva.

Efecto incentivador.

Justificación única a los tres meses de finalizar el proyecto.

Publicadas en el BOPA el 14/11/24 las Bases ReguladorasPendiente publicación Convocatoria.

20/12/2024