Apertura inminente de la convocatoria 2020 del Programa de Ayudas a la COOPERACIÓN PÚBLICO-PRIVADA EN MATERIA DE I+D+I (HUBS DE INNOVACIÓN)

Ayudas de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid

Desde IMPULSO nos complace informales de que próximamente abrirá la convocatoria 2020 de las ayudas para contribuir a la mejora de la COOPERACIÓN PÚBLICO PRIVADA en materia de I+D+i mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por NÚCLEOS DE INNOVACIÓN ABIERTA (Hubs de innovación) de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación de la Comunidad de Madrid, cuyo fin es fomentar la cooperación estable público-privada I+D+i en áreas de importancia estratégica para la economía madrileña. Cuenta con una dotación presupuestaria de 5.000.000 €.

A continuación, les resumimos las principales características de estas ayudas:

 

BENEFICIARIOS

Cualquier agrupación de personas jurídicas públicas o privadas constituidas como mínimo por:

  • Una empresa tractora (gran empresa y líder en su sector).
  • Tres PYMES, de las que por lo menos una tendrá que cumplir con las condiciones de startup.
  • Un Organismo de investigación y difusión de conocimientos o Universidad (al menos uno público).

TIPOS DE PROYECTO

Proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental, incluidos los estudios de viabilidad que sean necesarios, que incrementen la capacidad científico-tecnológica de las empresas y los grupos de investigación.

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

  • Proyectos estratégicos de larga duración: mínima de 12 meses y máxima de 24.
  • Presupuesto anual medio de entre 2 y 8 millones de euros (sin confirmar hasta convocatoria).
  • Presupuesto mínimo dirigido a Organismos de investigación (bien como subcontratistas, bien como participante o como la suma de ambas modalidades): 30 % del presupuesto total.
  • Presupuesto máximo por participante: 70 % del presupuesto total del proyecto.
  • Cada participante podrá subcontratar un máximo del 80% de la actuación. Si la actividad concertada con terceros excede del 20 % de la subvención y dicho importe es > a 60.000 €, la subcontratación estará sometida a varios requisitos.
  • Efecto incentivador.

CONCEPTOS FINANCIABLES

  • Gastos de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, dedicados al proyecto.
  • Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación y/o desarrollo. Si no se utilizan exclusivamente para el proyecto, sólo se considerarán los costes de amortización que correspondan al uso concreto asignado al proyecto.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
  • Otros gastos de funcionamiento, directamente derivados del proyecto (máximo: 15% del coste total del proyecto). Pueden ser:
  • Gastos de viajes (máximo: 10% de los costes de personal presentados).
  • Costes de generación y mantenimiento de patentes que se originen como consecuencia del desarrollo tecnológico del proyecto.
  • Gastos de consultoría, asesoría y formación, directamente relacionados con la gestión de proyecto, siempre que se hayan incluido en el presupuesto presentado en solicitud.
    • Costes de gestión del líder del proyecto y de las personas participantes, entendiendo como tales los derivados de la preparación de la propuesta, coordinación global del consorcio, y elaboración de los informes de evolución de las actividades de investigación, ensayos a realizar por terceros. Serán financiables en este apartado, los costes de personal directo e indirecto y de formación, los gastos consumibles, los gastos de viajes asociados directamente a la gestión de las actividades investigación, y las subcontrataciones necesarias para ejecutar el proyecto (máximo 5% del presupuesto total).
  • Costes de auditorías económico-financieras e industriales y de seguimiento del proyecto.
  • Costes indirectos (hasta un 15 % de los gastos de personal).
  • En los estudios de viabilidad serán costes subvencionables los del estudio.

TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA

Subvención a fondo perdido entre 25-80% dependiendo de clasificación de proyecto y tipo de empresa, con límite máximo de 1.250.000 € por proyecto y año.

Ayuda cofinanciada al 50% con Fondos Feder.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Actualmente cerrada. Próxima la apertura.

 


22/04/2020