Convocatoria ASTURIAS: Ayudas a la inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica y térmica con fuentes de energía renovable (IDAE)

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía – IDAE

Desde IMPULSO nos complace informarle de que el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), destinará 316 millones de euros a impulsar las instalaciones de renovables para la producción de energía, tanto térmica como eléctrica, en todo el territorio Nacional.

Este Programa de ayudas se ejecuta mediante convocatorias realizadas por el IDAE en cada comunidad autónoma, estando ya abierta en ASTURIAS, y su objeto es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a proyectos de inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable (ENERGÍA ELÉCTRICA) o en instalaciones de producción de energía térmica a partir de fuentes de energía renovable y sus equipos de mejora de gestión y optimización de producción (ENERGÍA TÉRMICA).

A continuación, les resumimos las principales características de estas ayudas:

 

BENEFICIARIOS

Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas (incluidas empresas de servicios energéticos en el caso de ENERGÍA TÉRMICA).

 

TIPOS DE PROYECTO

  • ENERGÍA ELÉCTRICA: proyectos de inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable, pudiendo incluir actuaciones de inversión que mejoren la gestión y optimicen la producción, permitiendo el uso de autoconsumo y la incorporación de la energía a mercados locales, incluidos en los siguientes tipos de instalaciones:
Fuente de energía Tipo de actuación Límite de potencia instalada
Biomasa Biomasa (combustibles 100% de origen biológico) Con independencia de su potencia
Eólica* Instalaciones de pequeña potencia Pot. unitaria aerogeneradores:

10 kW < P ≤ 100 kW

Instalaciones de muy pequeña potencia Pot. unitaria aerogeneradores ≤ 10 kW
Hidráulica* Centrales con infraestructuras preexistentes 1 kW ≤ P ≤ 10 MW
Instalaciones microhidráulicas P < 1 MW
Solar fotovoltaica* Autoconsumo con almacenamiento 100 kW ≤ P ≤ 10 MW
Micro autoconsumo con almacenamiento 10 kW ≤ P < 100 kW

*se admiten modificaciones de instalaciones existentes siempre que hayan finalizado su vida útil regulatoria

 

  • ENERGIA TERMICA: proyectos de inversión en instalaciones de producción de energía térmica con fuentes de energía renovable, incluidos en los siguientes tipos de actuaciones vinculados a energías renovables:
Fuente de energía Tipo de actuación Límite inferior potencia nominal (kW)
Aerotermia Aerotermia con FV residencial ≥ 200
Aerotermia con FV servicios e industria ≥ 200
Biomasa BM un edificio ≥ 400
BM calderas de aplicación industrial de baja potencia 150 ≤ P ≤ 5000
Geotermia o hidrotermia GT o HT residencial ≥ 12
GT o HT servicios e industria ≥ 100
Solar Térmica SIN concentración no residencial ≥ 25

 

CONCEPTOS FINANCIABLES

  • ENERGIA ELÉCTRICA: Elaboración del proyecto de ejecución, dirección facultativa de obra, coordinación de seguridad y salud, equipos principales de generación, obra civil, cimentaciones, sistemas de descarga y almacenamiento, sistemas eléctricos y de control, hidráulicos, bombeo, instrumentación, medición, auxiliares, monitorización, transporte y montaje, puesta en marcha, etc.
  • ENERGIA TÉRMICA: Elaboración del proyecto de ejecución, ensayos de test de respuesta térmica, ensayos de bombeo, dirección facultativa de obra, coordinación de seguridad y salud, equipos principales de generación, sistemas de acumulación, obra civil, cimentaciones, sistemas de descarga y almacenamiento, sistemas de distribución de calor/frío a puntos de consumo, sistemas eléctricos y de control, hidráulicos, bombeo, instrumentación, medición, auxiliares, monitorización, transporte y montaje, puesta en marcha, etc.

 

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

  • Duración proyecto: las instalaciones deben encontrarse completamente finalizadas antes del 30 de junio de 2023.
  • Efecto incentivador.

 

TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA

Subvención a fondo perdido que el IDAE podrá adelantar al beneficiario mediante un anticipo.

El importe de la ayuda concedida se cuantificará en la resolución del procedimiento en términos de importe unitario e importe total.

La intensidad de la ayuda se calculará en función del presupuesto subvencionable justificado por el solicitante de la ayuda, de la potencia real instalada (energía eléctrica) o de la potencia nominal real instalada (energía térmica), así como de una aportación mínima unitaria que se establecerá en función de la tipología da la actuación.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes hasta las 12.00 horas del 30 de noviembre de 2020.

 

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA:

ENERGÍA ELÉCTRICA: 7.000.0000 €.

ENERGÍA TÉRMICA: 3.000.000 €.

 


01/10/2020