Nueva convocatoria INVISTE COVID-19 para PYMES gallegas con una subvención a fondo perdido del 75%

Ayudas a la inversión para la fabricación de productos relacionados con el COVID-19

Desde IMPULSO nos complace informarles de que el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) ha publicado una nueva convocatoria denominada Inviste COVID-19. Se trata de Ayudas a la inversión para la fabricación de productos relacionados con el COVID-19. Esta convocatoria, de concurrencia no competitiva, cuenta con una dotación presupuestaria de 5 millones de euros.

A continuación, les resumimos las principales características de estas ayudas:

BENEFICIARIOS

PYMEs que lleven, o proyecten llevar, a cabo una inversión en un centro de trabajo localizado en Galicia y que permita la fabricación de productos relacionados con el COVID-19.

TIPOS DE PROYECTO

Proyectos de inversión que permitan la fabricación de productos relacionados con el COVID-19, como los siguientes:

  • Medicamentos (incluidas las vacunas) y los tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas necesarias para su producción.
  • Productos sanitarios, equipos hospitalarios y médicos (incluidos respiradores, EPIs y herramientas de diagnóstico), así como materias primas necesarias para su producción.
  • Desinfectantes y sus productos intermedios, así como materias primas químicas necesarias para su producción.
  • Herramientas de recogida/tratamiento de datos.

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

  • El plazo de ejecución de los proyectos no podrá exceder del 30/09/2021 (posibilidad de solicitar prórroga).
  • La ayuda no podrá combinarse con otras ayudas a la inversión por los mismos costes subvencionables (podrán combinarse con ayudas en forma de garantía para cubrir pérdidas).
  • La ayuda debe suponer un efecto incentivador para el proyecto presentado. Se considerará que la ayuda tiene un efecto incentivador para los proyectos iniciados a partir del 01/02/2020. En el caso de los proyectos iniciados antes del 01/02/2020, se considerará que la ayuda tiene un efecto incentivador si es necesaria para acelerar o ampliar el alcance del proyecto; en tales casos, sólo se podrá solicitar ayuda para sufragar los costes adicionales relacionados con los esfuerzos de aceleración o la ampliación del alcance.
  • La inversión subvencionable deberá ser igual o superior a 100.000 €.

CONCEPTOS FINANCIABLES

Serán subvencionables los costes de inversión necesarios para la producción de los productos enumerados. Las inversiones podrán materializarse en los conceptos que se relacionan a continuación:

  • Obra civil necesaria para la instalación de los equipamientos descritos en los apartados siguientes, con el límite del 20 % de la inversión subvencionable total. No serán subvencionables las inversiones consistentes en adquisición de terrenos, tanto edificados como no edificados.
  • Maquinaria: máquinas de proceso y bienes de equipo, así como las instalaciones específicas necesarias para su puesta en funcionamiento.
  • Utillaje: conjunto de utensilios que puedan ser utilizados autónomamente o conjuntamente con la maquinaria, como los moldes, troqueles o plantillas.
  • Otras inversiones en activos fijos materiales necesarios para la adaptación de los procesos productivos.
  • Activos intangibles relacionados directamente con los proyectos objeto de apoyo.

 TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA

El porcentaje de subvención será del 75% de la inversión subvencionable con el límite máximo de ayuda de 800.000 € por empresa (excepto en el caso de empresas del sector de la pesca y acuicultura (120.000 €) y de producción primaria de productos agrícolas (100.000 €)). La convocatoria ofrece la posibilidad de solicitar un anticipo en el plazo máximo de un mes desde la fecha de la concesión.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria estará abierto hasta el 30/09/2020.

 


02/06/2020