CONVOCATORIA 2023 PARA SUBVENCIONES A LAS INVERSIONES EN TRANSFORMACIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y DESARROLLO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS E INVERSIONES EN TECNOLOGÍAS FORESTALES

Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial de Asturias

Desde IMPULSO nos complace informales de que el Servicio de Desarrollo Agroalimentario de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial de Asturias ha abierto la convocatoria 2023 del Programa de AYUDAS para la concesión de subvenciones para mejorar los sistemas de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas mediante el fomento de la producción agrícola local, la venta directa y los canales cortos de comercialización y para las inversiones en tecnologías forestales, en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

 

Se cuenta para esta convocatoria con una partida presupuestaria de 9,3 millones de €.

A continuación, les resumimos las principales características de estas ayudas:

 

BENEFICIARIOS

Personas físicas o jurídicas, titulares de empresas agroalimentarias o forestales, que ejerzan una actividad económica radicada en el Principado de Asturias. En el caso de empresas forestales solo PYMEs.

En las agrupaciones sin personalidad jurídica (caso de comunidades de bienes o sociedades civiles), deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que como beneficiario corresponden a la agrupación.

 

TIPOS DE PROYECTO

Proyectos de inversión que persigan:

  • Inversiones en tecnologías y procedimientos destinados al desarrollo de nuevos productos, o productos de mayor calidad, y a la apertura de nuevos mercados, especialmente en el contexto de cadenas cortas de distribución.
  • Inversiones en tecnologías y procedimientos cuyo objetivo principal sea incorporar información sobre el origen de los productos en el etiquetado de los mismos.
  • Creación y/o modernización de redes locales de recolección, recepción, almacenamiento, clasificación y embalaje de producciones.
  • Implementación de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.

 

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

  • Las inversiones deberán contribuir a aumentar el valor añadido de los productos agrícolas incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, o que las inversiones afecten a la transformación y/o comercialización de dichos productos, excepto los productos de la pesca.
  • Los proyectos deben perseguir la mejora del rendimiento global de la empresa y la creación de empleo.
  • Los gastos sólo podrán subvencionarse si las actuaciones o inversiones a las que corresponden no han sido emprendidas o realizadas con anterioridad a la fecha en la que se solicite la subvención (efecto incentivador).
  • La inversión aprobada o certificada ha de ser superior a 6.000€, en caso de microempresas y pequeñas empresas y forestales, y de 50.000€ en medianas y grandes empresas, excepto en el caso de implementación de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria que no se aplicará inversión mínima.

 

CONCEPTOS FINANCIABLES

  • EMPRESAS AGROALIMENTARIAS à Inversiones materiales o inmateriales destinadas a mejorar el rendimiento global de la empresa, las destinadas a transformar, comercializar y desarrollar productos agrícolas:
  • Construcción, adquisición o acondicionamiento de inmuebles ligados a procesos de transformación y comercialización de productos agrícolas.
  • Compra de nueva maquinaria y equipamiento.
  • Adquisición o desarrollo de programas informáticos y/o diseño y/o programación de páginas web, siempre que esté destinada a la comercialización on line de sus productos, implementaciones de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.
  • Costes generales con el límite del 12% de la inversión subvencionable total (honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores y asesores, costes de asesoramiento sobre la viabilidad económica y medioambiental, derechos de patentes o licencias, diseños de envases y marcas, relacionado con el comercio electrónico).
  • Cualquier otra inversión dirigida al cumplimiento de normas que vayan a convertirse en obligatorias en la UE.
  • EMPRESAS FORESTALES:
  • Inversiones relacionadas con la modernización de la mecanización de las labores silvícolas y las operaciones de aprovechamiento de productos forestales maderables (arrastradoras, autocargadoras, procesadoras, tractores forestales, grúas, cable, astilladoras, clasificadoras, retroarañas etc.).
  • Inversiones de mejora de las condiciones de almacenamiento, secado y operaciones propias de los aserraderos, previas a la transformación industrial (construcciones o acondicionamiento de inmuebles, compra de nueva maquinaria o equipamiento, costes generales (máximo 12%) y cualquier otra inversión dirigida al cumplimiento de normas que vayan a convertirse en obligatorias en la UE).

 

TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA

El importe total de la subvención será como máximo del 40% de la inversión subvencionable, en función del tamaño de la empresa y de la valoración obtenida por la solicitud.

En el caso de inversiones en tecnologías forestales, la subvención máxima que podrá recibir un beneficiario por convocatoria estará limitada a un máximo de 500.000€, sin que la subvención correspondiente a inversiones en modernización de la mecanización de las labores silvícolas y las operaciones de aprovechamiento de productos forestales maderables pueda superar los 250.000 €.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Plazo abierto hasta 24/02/2023, con una dotación presupuestaria de 9,3 M €.

 


11/01/2023