Castilla y León cuenta con 71 millones de euros en 2022 para proyectos de inversión de transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación

Consejería de Agricultura y Ganadería de Castilla y León

Desde IMPULSO nos complace informales de que la Consejería de Agricultura y Ganadería de Castilla y León tiene abierto el plazo para solicitar ayudas a PROYECTOS DE INVERSIÓN EN MATERIA DE TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS AGRARIOS, SILVÍCOLAS Y DE LA ALIMENTACIÓN en Castilla y León, que promuevan la inversión productiva y la mejora de la competitividad. Estas ayudas cuentan con una dotación presupuestaria total de 71 millones de euros.

A continuación, les resumimos las principales características de estas ayudas:

 

BENEFICIARIOS

Únicamente podrán obtener la condición de beneficiarios las personas jurídicas que tengan la condición de sujeto pasivo del impuesto sobre sociedades, o del impuesto equivalente en otros estados miembros de la Unión Europea, atendiendo a lo siguiente según donde se encuadre el proyecto:

  • Submedida 4.2: Pymes y grandes empresas
  • Submedida 8.6: Pymes

 

TIPOS DE PROYECTO

Submedida 4.2 (LÍNEA NC1):

  • Inversiones en relación con la transformación y/o comercialización de productos agrícolas obtenidos y/o elaborados en el territorio de Castilla y León.
  • Inversiones en relación con otras transformaciones agrícolas.
  • Inversiones de uso polivalente destinadas tanto a transformación y/o comercialización de productos agrícolas, como a otras transformaciones agrícolas.

Submedida 8.6 (Línea FNG):

  • Inversiones productivas dirigidas a operaciones anteriores a la transformación industrial de la madera.
  • Inversiones productivas dirigidas a actividades relacionadas con el uso de productos forestales de uso alimentario, no incluidos como productos agrícolas en el Anexo I del TFUE.
  • Inversiones productivas dirigidas a operaciones relacionadas con la utilización de otros productos forestales, tales como:
    • Procesamiento de la biomasa forestal no maderable para producir energía renovable.
    • Inversiones de la industria forestal destinadas al cumplimiento de normas de la Unión Europea que vayan a convertirse en obligatorias.
    • Tratamiento y, en su caso, aprovechamiento de sus residuos y/o subproductos.
    • Inversiones relativas al astillado de madera, procesamiento de virutas y producción de pellets.
    • Inversiones relacionadas con otros aprovechamientos forestales (miera entre otros).

 

CONCEPTOS FINANCIABLES

En función del tipo de proyecto serán financiables unas u otras partidas:

  • Coste de maquinaria, otros bienes de equipo, programas informáticos y licencias.
  • Obra civil.
  • Honorarios para redacción de proyectos, documentos, auditoría, asesoría técnica y dirección de obra.

 

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

  • Concurrencia competitiva. Se priorizan las solicitudes atendiendo al orden resultante de la puntuación obtenida en el proceso de selección.
  • Efecto incentivador.
  • En los supuestos de implantación de nuevos establecimientos o de adquisición de otros preexistentes, la asunción de los procesos de transformación y/o comercialización deberá materializarse antes de que finalice el período de vigencia de la concesión de subvención y, en todo caso, antes de que se produzca la solicitud de liquidación total de la ayuda que, en su caso, sea concedida.
  • En los proyectos de la submedida 4.2:
    • Se permiten inversiones iniciales a PYMEs.
    • Se permiten inversiones iniciales a favor de una nueva actividad económica a grandes empresas.
  • En los proyectos de la submedida 8.6:
    • Solo se permiten inversiones a PYMEs.

 

TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA

Subvenciones de capital a percibir por el beneficiario una vez sea ejecutada y debidamente justificada la actuación, con los siguientes límites:

  • Submedida 4.2: El porcentaje máximo será del 40% para transformación y/o comercialización de productos agrícolas u otras transformaciones. En otro tipo de Inversiones será como máximo del 35% para pequeñas empresas, 25% para medianas empresas y 15% para grandes empresas, según la provincia donde se ubique la inversión. La ayuda máxima será, en todo caso, 4,5 millones de euros.
  • Submedida 8.6: El porcentaje máximo será del 40%, siendo el máximo 000 €.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes será:

  • Proyectos de la Submedida 4.2:

Desde el 24 de diciembre de 2021 hasta el 31 de agosto de 2022 a las 14:00h.

  • Proyectos de la Submedida 8.6:

Desde el 24 de diciembre de 2021 hasta el 31 de abril de 2022 a las 14:00h.

 

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA:

  • Proyectos de la Submedida 4.2:

Dotación presupuestaria superior a 68 M€.

  • Proyectos de la Submedida 8.6:

Dotación presupuestaria de casi 2,8 M€.

 


28/01/2022