ANDALUCIA TRADE LANZARÁ DE FORMA INMINENTE LAS SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL Y DESARROLLO EXPERIMENTAL EN ANDALUCÍA.

Agencia Andalucía TRADE. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. Junta Andalucía

Desde IMPULSO nos complace informales de que la Agencia Andalucía TRADE tiene previsto abrir de forma inminente la convocatoria 2024 del PROGRAMA de SUBVENCIONES PROYECTOS DE I+D+i EN ANDALUCÍA cuya finalidad es promover la investigación industrial y el desarrollo experimental en Andalucía, en el marco de las actividades establecidas en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Sostenibilidad de Andalucía, S4 Andalucía.

A continuación, les resumimos las principales características de estas ayudas:

 

BENEFICIARIOS

  • Proyectos individuales:
    • PYMES con las siguientes formas jurídicas: sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales.
  • Proyectos en agrupación:

En el caso de proyectos en agrupación con una PYME podrán también ser beneficiarias:

  • Las empresas NO PYMES con las siguientes formas jurídicas: sociedades mercantiles; cooperativas y sociedades laborales.
  • Las fundaciones y asociaciones cuya actividad principal sea la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y/o la difusión y transferencia de conocimiento.

Tendrán la condición de persona beneficiaria las agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos, o que se encuentren en la situación que motiva la concesión. Las personas jurídicas que pueden formar parte de las agrupaciones deberán cumplir los requisitos que se establezcan para las personas beneficiarias.

 

TIPOS DE PROYECTO

Para ser subvencionables, los proyectos deberán corresponder a alguna de las siguientes categorías:

  • Investigación Industrial.
  • Desarrollo Experimenta.

 

NOTA: En concurrencia no competitiva, se evaluarán por riguroso orden de entrada.

 

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

  • Deberán ser realizados en Andalucía.
  • Encuadrarse en, al menos, uno de los Entornos de Especialización o Ejes de Apoyo Transversal de la Estrategia S4Andalucía.
  • Periodo máximo de ejecución: 2 años, ampliables hasta un máximo de la mitad del plazo inicial de ejecución.
  • Deberán alcanzar el presupuesto subvencionable mínimo (a determinar en la convocatoria).
  • Tendrán por objeto la búsqueda de nuevos productos, procesos o servicios o la mejora de los ya existentes.
  • Viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
  • Deberán contar con una evaluación científico-técnica y de impacto favorables. La puntuación mínima que deberán de alcanzar en el proceso de evaluación se determinará en la convocatoria.
  • Efecto incentivador.
  • En los proyectos en agrupación participarán dos entidades. Se entenderá como proyecto en agrupación al realizado por una PYME y una gran empresa o bien, por una PYME y una fundación o asociación cuya actividad principal sea la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y/o la difusión y transferencia de conocimiento.

 

CONCEPTOS FINANCIABLES

  • Gastos de personal relacionados con el personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar en la medida en que estén dedicados al proyecto.

En ningún caso se considerará subvencionable el gasto de personal dedicado a la tramitación y/o gestión de la subvención solicitada.

En los proyectos en agrupación, la entidad líder podrá incluir hasta un máximo del 5% del total de horas dedicadas al proyecto a actividades de coordinación.

  • Costes de investigación contractual, así como costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

Quedan expresamente excluidos los costes correspondientes a cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la subvención solicitada.

  • Costes indirectos en los que incurra el proyecto, que por su naturaleza no puedan imputarse de manera directa (hasta el 15% de los costes de personal subvencionables y justificados).

 

CONCEPTOS NO FINANCIABLES

  • Costes de instrumental y equipos, cualquiera que sea el periodo de adquisición o utilización en el proyecto.
  • Costes de materiales, suministros, insumos y productos similares.
  • Gastos de viajes.
  • Gastos relacionados con las fluctuaciones de los tipos de cambio de divisas.
  • IVA que sea recuperable conforme a la normativa nacional.
  • Intereses de demora, recargos, multas y sanciones económicas y gasto incurrido por litigios y disputas legales.
  • Quedan expresamente excluidos los costes correspondientes a cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la subvención

 

TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA

El porcentaje de subvención a conceder dependerá del tamaño de la empresa beneficiaria y de la naturaleza del proyecto (individual o en agrupación), según se establece en el siguiente cuadro. La cuantía de la ayuda a conceder se calculará aplicando el porcentaje de subvención al presupuesto considerado subvencionable.

 

  Tipo de proyecto
Tamaño empresa Individual Agrupación
Pequeña 45% 50%
Mediana 35% 45%
No PYME 25%

 

Programa de subvenciones está cofinanciado en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Andalucía FEDER 2021-2027.

 

ANTICIPOS

No hay posibilidad de anticipo.

 

GARANTIAS

Los beneficiarios de la ayuda deberán de contar con capacidad económica y financiera para desarrollar el proyecto à poseer un fondo de maniobra (la diferencia entre el activo corriente y el pasivo corriente) mayor o igual al 20% del presupuesto subvencionable del proyecto (se acreditará con las cuentas anuales o IS).

En caso de no alcanzar este %, se deberá acreditar, antes de la resolución definitiva, mediante alguna de las siguientes formas:

  • Acreditando la disponibilidad de un préstamo, crédito u otro instrumento posterior al momento temporal al que hacen referencia los últimos estados financieros presentados, que permita alcanzar un fondo de maniobra de al menos el 20% del presupuesto subvencionable.
  • Constituyendo un aval bancario a primer requerimiento (hasta alcanzar el 20% del presupuesto subvencionable) destinado exclusivamente a la financiación del proyecto y que así conste expresamente en las cláusulas de este.

Las empresas de nueva creación o cualquier otra que no tenga la obligación de presentar el balance de situación en el Registro que corresponda, podrán aportar la documentación para la acreditación de la solvencia económica y financiera, mediante alguna de las formas mencionadas anteriormente.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria (se espera la apertura en el mes de mayo).

 


16/04/2024