FONDO DE APOYO A LA INVERSIÓN INDUSTRIAL PRODUCTIVA (FAIIP) está dotado en 2023 con 1.500 millones de euros

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo - SEPIDES

Desde IMPULSO nos complace recordarles que el FONDO DE APOYO A LA INVERSIÓN INDUSTRIAL PRODUCTIVA (FAIIP) del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo cuenta para la anualidad 2023 con una dotación presupuestaria de 1.500 millones de euros con el objetivo estimular el desarrollo industrial, reforzar la competitividad y mantener las capacidades industriales del territorio.

Este fondo se configura como la evolución del antiguo programa REINDUS del Ministerio de Industria.

A continuación, les resumimos las principales características de estas ayudas:

BENEFICIARIOS

El FAIIP financiará sociedades mercantiles privadas y cooperativas que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).

También actividades encuadradas en la sección 38.3x, si disponen en el momento de la solicitud de la autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11, según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Actividades complementarias a la producción industrial (CNAE 82.92, 52.10, 33 con excepciones y siempre relacionas con la actividad industrial).

Actividades de servicios a la industria (CNAE 71.12 y 71.20).

 

TIPOS DE PROYECTO

  • Creación de establecimientos industriales.
  • Traslado de establecimientos industriales.
  • Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción. Con inclusión expresa de la implementación productiva de tecnologías de la «Industria Conectada 4.0.» y de actuaciones en las líneas orientadas a la sostenibilidad ambiental

 CONCEPTOS FINANCIABLES

  • Obra Civil: urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
  • Edificación: adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
  • Aparatos y equipos de producción, excluidos los elementos de transporte exterior, mobiliario, utillaje. Pueden ser de primer o segundo uso.
  • Activos intangibles: Software específico vinculado al proceso productivo; Patentes, licencias, marcas y similares; Investigación y desarrollo, solo en la medida en que estén directamente vinculados con el proceso productivo y a los aparatos y equipos de producción imputados como conceptos financiables de la solicitud.
  • Gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en dicha partida.
  • Gastos de Calificación Crediticia vinculada a la solicitud de financiación, en caso de ser exigida.
  • Gastos de auditoría de cuentas en el caso de empresas sin obligación de auditoría (durante la vida de la Financiación).
  • Gastos de auditoría asociados a la justificación de la inversión en el marco del proyecto financiado.

 

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

  • Plazo de ejecución de las inversiones: Serán financiables tanto las partidas del presupuesto que se hayan ejecutado en los 9 meses anteriores desde la fecha de solicitud, como las que se ejecuten hasta 2 años después de la fecha de formalización de la financiación.
  • Las inversiones en Aparatos y equipos de producción y Software específico vinculado a producción sean al menos el 50% del Presupuesto Financiable.

TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA

El importe otorgable de cada operación es de hasta el 75% del presupuesto financiable del proyecto con un importe de las operaciones entre los 200 mil y 60 millones de euros. En el caso de grandes proyectos de inversión la cuantía el préstamo puedo alcanzar el 10% de la dotación acumulada del Fondo, en 2023 el préstamo máximo sería de 180 millones de euros.

La financiación se realizará mediante préstamos ordinarios, préstamos participativos, participación en capital temporal y minoritaria, o fórmulas mixtas entre las anteriores, con operaciones a largo plazo (hasta 10 años) y carencias elevadas (hasta tres años en préstamos ordinarios y participativos).

El coste de la financiación se aplicará en función de la calificación financiera de la empresa, el proyecto, el tipo de operación y la bonificación que pueda aplicarse por cumplimiento de criterios de impacto industrial.

En el caso de préstamos ordinarios existe la opción de elegir entre un tipo de interés fijo o variable.

  • Tipo interés fijo que se establece mensualmente, pudiendo aplicar una bonificación del 0,5% si se cumplen ciertos requisitos.
  • Tipo variable: Euribor a 6 meses más un diferencial de entre 1,65 y 2,5 puntos porcentuales, con un mínimo equivalente al diferencial de aplicación, pudiendo aplicar una bonificación del 0,5% si se cumplen ciertos requisitos.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Ventanilla abierta de forma permanente.

 


25/05/2023